Connect with us
Publicidad

Nacionales

Aprueban cambios en la ley que regula los estados de excepción

Published

on

Compartir



El Senado de la República aprobó ayer en primera lec­tura un proyecto de ley que modifica la Ley 21-18 sobre regulación de los estados de excepción, para precisar el procedimiento y las sancio­nes a personas y comercios que violen medidas como el toque de queda.

La iniciativa busca preci­sar, ante los numerosos ca­sos de detenidos y sancio­nados durante los estados de emergencia y toques de queda, como se debe proce­der y cuáles específicamen­te serán las multas ante ca­da situación.El proyecto establece multas desde un tercio hasta 100 salarios mí­nimos, dependiendo la ac­ción que cometa una perso­na o un negocio durante el toque de queda o alguna me­dida dispuesta.

De igual manera, con­templa que también las per­sonas pueden ser sanciona­das con “trabajo de utilidad pública o interés comunita­rio” durante un período de tiempo determinado y en caso de los comercios, se puede disponer de su cierre temporal.

En primera instancia, la iniciativa estipula sanciones a las personas que violen las disposiciones que estable­cen las restricciones a la li­bertad de tránsito. Aquí son sancionables los choferes o propietarios de autobuses, vehículos de carga, de ca­rros públicos, así como pa­sajeros de estos, también los que se desplacen en au­tomóviles privados, mo­tocicletas y hasta los tran­seúntes.

Dentro de este grupo, las sanciones van de un ter­cio hasta 10 salarios míni­mos del sector público, de­pendiendo la persona. En una segunda instancia, ha­ce referencia a aquellos que sean sorprendidos consu­miendo alcohol en públi­co o en un comercio de dis­pendio de bebidas; a los que organicen o asistan a fiestas, así como a los pro­pietarios, gerentes, direc­tivos del local donde se ce­lebre la actividad. También hace mención de las mis­mas categorías de personas sancionables, pero dentro de las galleras.





Advertisement
Hacer una Denuncia