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Aeropuertos libres de pago al Cesac

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La Comisión Aeroportua­ria determinó, en una re­solución, que los opera­dores de los aeropuertos privados y concesionados del país no tienen que ero­gar recursos a favor del Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria y Aviación Civil (CESAC), amparándose en la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y Aviación Civil, que en su Artículo 39 establece claramente el origen y fuentes de finan­ciamiento de esa entidad.

La Ley 188-11 sobre Segu­ridad Aeroportuaria y Avia­ción Civil solo establece, en su artículo 14, que los aero­puertos deben suplir equi­pos de seguridad y man­tenimiento necesarios y ponerlos a disposición del Cesac.

Con la medida, este órga­no rectifica y deja sin efecto la decisión de la pasada ad­ministración, adoptada me­diante resolución 6807 del 5 de agosto de 2020, a 11 días de cesar en sus funcio­nes por el cambio de gobier­no, la cual reclamaba el pa­go de una supuesta deuda a los operadores de aeropuer­tos en favor del Cesac.

La resolución 6807 esta­bleciendo el cobro de la su­puesta deuda se adoptó apoyándose en el decreto 203-03 de marzo de 2003, que responsabilizaba a los operadores aeroportuarios del cobro de una tasa de US$1.25 en favor del Ce­sac. Sin embargo, ese decre­to quedó sin efecto en abril de 2007 con la entrada en vigencia de decreto 225-07, “por lo que el reclamo care­ce de legalidad, bajo el am­paro de textos legales y cer­tificaciones”.

Ante esto, la Asociación Do­minicana de Aeropuertos (ADA) solicitó en julio pa­sado al Cesac una certifi­cación sobre alguna deuda de los aeropuertos, respon­diendo el 14 de julio con una certificación donde es­tablece que en sus registros contables no existe deuda de los operadores aeropor­tuarios.

 FALLO DE COMISIÓN

Nueva medida


La resolución 6807 que­da sin efecto, “porque “ha podido comprobar­se en base a los textos le­gales, opiniones y certifi­caciones” de los organis­mos correspondientes, que no existe obligación legal de pago alguna, con cargo a los explota­dores y operadores aero­portuarios”.

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