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Juez estima cercenan derechos de reclamo a expolicías y militares

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Santo Domingo, R. D.

El juez José Alejandro Vargas consideró que con la decisión del Tribunal Constitucional de excluir la vía de la acción de amparo a expolicías y exmilitares para que demanden su reposición, se cercena la única oportunidad efectiva que tendrían los afectados de recibir respuestas oportunas a las urgencias clamorosas de que los órganos constitucionales de garantías les brinden protección al ejercicio de sus derechos fundamentales”.

El juez del Constitucional señaló que esa oportunidad la tendrían los exmiembros de la Policía y las Fuerzas Armadas en aquellos supuestos de vulneración que requieran del amparo constitucional, ya sea por el menoscabo al derecho de defensa, o por la afectación del debido proceso de ley

Vargas fijó su posición en un voto disidente que emitió a la sentencia TC0235-21, mediante la cual el Tribunal Constitucional estableció que no proceden las acciones de amparo que someten los exmilitares y expolicías en reclamo de su reincorporación, variando con ello su propio precedente.

 En ese fallo, con el voto favorable de la mayoría, el TC dispuso que la vía para reclamar el reintegro es la contencioso-administrativa.

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