Connect with us

Nacionales

Fecha límite y normas electorales

Published

on

Publicidad
Compartir

Santo Domingo.- Según la ley 20-23 del Régimen Electoral, este martes 21 de mayo es la fecha límite establecida por el calendario electoral para concluir el cómputo de votos de las elecciones presidenciales y congresuales.

El artículo 274 de esta ley establece que el cómputo debe realizarse sin interrupción cada día, de 8: 00 a.m. a 6: 00p.m., y debe estar completas en un máximo de dos días, a excepción de que se manifiesten causas insuperables.

Así mimo, el miércoles 22 es la fecha límite para presentar anulaciones, y el 24 se deben conocer las impugnaciones ante el Tribunal Superior Electoral, como lo indica la Ley 29-11 en su artículo 20.

La JCE apoderada conocerá de la acción dentro de los tres días de haberse introducido, pero nunca antes del tercero, y fallará dentro de los dos días de haber conocido de ella. El fallo será en la tablilla de publicaciones y notificado por oficio a los interesados y a la Junta Central Electoral debiendo obtener el secretario, quien hará la notificación, constancia de la misma.

Te podría interesar: Candidato a senador del PRM por la provincia de Santiago lidera primer boletín de la JCE

 El día 25 según el calendario, se deben producir los fallos de las impugnaciones y el 27 es la fecha límite para presentar apelaciones a las decisiones de la Junta Central Electoral ante el TSE, cuyo fallo deberá darse a conocer el primero de julio.

Según el Artículo 155 el plazo para apelar ante la Junta Central Electoral de las decisiones de las juntas electorales, en los casos que proceda, será de dos días, desde su notificación o pronunciamiento, si fue dictada en audiencia pública.

Advertisement
Hacer una Denuncia
Salir de la versión móvil