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Diez años de prisión propone la JCE para los delitos electorales

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La Junta Central Electo­ral (JCE) ha propuesto una modificación de la escala de pena prevista en la ley 15-19 para las infracciones electorales, planteando que la máxima sea de 10 años de prisión.

En ese sentido, plantea que la escala vigente de seis meses a dos años de prisión por la comisión de crímenes electorales, se cambie por una sanción que oscile en­tre 3 y 10 años de prisión.

Esa modificación está contenida en la propues­ta que presentó la JCE a los partidos políticos, que per­sigue no solo reformar la ley electoral, sino también la 33-18, de partidos, agrupa­ciones y movimientos polí­ticos.

Propone la inclusión del tipo penal crímenes y deli­tos contra la integridad de las elecciones,

Esta propuesta está moti­vada en las amenazas que enfrentan los sistemas elec­torales, que ameritan los países adopten medidas que garanticen la celebra­ción de elecciones libres, ín­tegras y transparentes, para cuya infracción recomien­dan sanciones de 3 a 10 años de prisión y multa de 100 a 200 salarios mínimos.

Cree que la práctica elec­toral comparada y las rea­lidades sociales, jurídicas y políticas del país, requieren de un diseño legal para san­cionar las conductas y actos que tienen como propósito afectar el desenvolvimiento de las elecciones.

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