{"id":61259,"date":"2024-05-20T23:31:04","date_gmt":"2024-05-21T03:31:04","guid":{"rendered":"https:\/\/prensaxtremard.com\/nacional\/inclusion-voto-penitenciario-y-en-casa\/"},"modified":"2024-05-20T23:31:26","modified_gmt":"2024-05-21T03:31:26","slug":"inclusion-voto-penitenciario-y-en-casa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/prensaxtremard.com\/nacional\/inclusion-voto-penitenciario-y-en-casa\/","title":{"rendered":"Inclusi\u00f3n voto penitenciario y en casa"},"content":{"rendered":"

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Santo Domingo.- <\/strong>La Junta Central Electoral<\/strong> implement\u00f3 en estas elecciones presidenciales y congresuales de este domingo 19 de mayo, dos nuevas modalidades de votaci\u00f3n; el voto penitenciario y el voto en casa<\/strong>. <\/p>\n

La JCE a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n de Pol\u00edticas de Igualdad de G\u00e9nero<\/strong>, que coordina la miembro titular del Pleno, Patricia Lorenzo Paniagua<\/strong>, implement\u00f3 por segunda vez en el pa\u00eds el proyecto del \u201cVoto en Casa\u201d<\/strong>, siendo la primera ocasi\u00f3n para las elecciones del a\u00f1o 2016. <\/p>\n

La finalidad de este programa es que las personas con discapacidad, condiciones de salud severa y los adultos mayores, que tengan dificultad para trasladarse a su recinto de votaci\u00f3n, estuviera garantizado su derecho al voto, y en esta oportunidad cont\u00f3 con 98 personas inscritas.<\/strong><\/p>\n

El Voto en Casa<\/strong> se rige por la resoluci\u00f3n 33-2024<\/strong>, la que establece la implementaci\u00f3n para el sufragio en esta modalidad y dispone la creaci\u00f3n de equipos m\u00f3viles que estuvieron conformados por m\u00e1s de 10 personas.<\/p>\n

Procedimiento<\/strong><\/p>\n

Para esto la\u00a0JCE<\/strong>\u00a0habilit\u00f3 un\u00a0formulario<\/strong>\u00a0colocado en su p\u00e1gina web, espec\u00edficamente en el apartado\u00a0votoencasa.jce.gob.do<\/strong>.<\/p>\n

Este domingo, los equipos m\u00f3viles partieron a las 7:00 de la ma\u00f1ana de cada Junta Electoral dentro de la demarcaci\u00f3n territorial que corresponde a la ubicaci\u00f3n de la residencia de los beneficiarios del programa.<\/p>\n

Anterior a esto, debieron comunicarse con cada beneficiario para cuadrar la disponibilidad de recibir al personal que se present\u00f3 en sus hogares y las rutas finalizando con el dep\u00f3sito del \u00faltimo voto en el colegio correspondiente a las 5:00 de la tarde.<\/p>\n

El presidente al llegar a casa hace la presentaci\u00f3n de los miembros del equipo, luego el primer vocal solicitar\u00eda la persona su c\u00e9dula electoral para validar que esta se encuentra en el listado de votantes y se condicionar\u00e1 un espacio seleccionado por el votante o sus familiares, donde se colocar\u00e1 un p\u00f3dium accesible que garantice el secreto del voto.<\/p>\n

El presidente de la unidad m\u00f3vil se asegur\u00f3 de que el elector validara si deseaba o no asistencia, la cual, de no haber sido necesaria, debi\u00f3 ser seleccionada por el votante.<\/p>\n

Luego de estos pasos se le entreg\u00f3 al elector las boletas de los diferentes niveles de elecci\u00f3n: una presidencial, una senatorial y una del nivel de diputaciones, junto con un marcador para que ejercer su derecho al sufragio.<\/p>\n

El Voto penitenciario<\/strong><\/h2>\n

As\u00ed mismo, la\u00a0Junta Central Electoral<\/strong>\u00a0(JCE) y la\u00a0Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica<\/strong>\u00a0(PGR), a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de\u00a0Servicios Penitenciarios y Correccionales<\/strong>, dejaron abierto el proceso de votaci\u00f3n para que los reclusos preventivos (no condenados) ejercieron el derecho al voto en el nivel presidencial este domingo 19 de mayo de 2024.<\/p>\n

La apertura formal de la votaci\u00f3n se llev\u00f3 a cabo en el recinto penitenciario Najayo Mujeres, donde ejercieron el sufragio m\u00e1s de 169 privadas de libertad en condici\u00f3n de preventivas h\u00e1biles para sufragar.<\/p>\n

Los recintos carcelarios en los que se efectuaron el derecho al voto fueron los de Najayo hombres y Najayo Mujeres<\/strong>, en San Crist\u00f3bal, Rafey Hombres, Rafey Mujeres<\/strong>, Santiago de los Caballeros, La Isleta <\/strong>en Moca, Anamuya<\/strong> en Hig\u00fcey; Monte Plata, San Felipe, Puerto Plata; Cucama, en La Romana; El Pinito,<\/strong> en La Vega; Vista al Valle<\/strong>, San Francisco de Macor\u00eds; Mao; Dajab\u00f3n, Salcedo, El\u00edas Pi\u00f1a, Nagua, as\u00ed como las c\u00e1rceles p\u00fablicas 15 y 19 de Azua y Ban\u00ed-Mujeres<\/strong>.<\/p>\n

Para la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de la implementaci\u00f3n del voto penitenciario son responsables la Junta Central Electoral y la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica.<\/strong> Marco legal que garantiz\u00f3 el voto de los reclusos preventivos<\/p>\n

El art\u00edculo 24 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica establece como una de las causas para la suspensi\u00f3n de los derechos de ciudadan\u00eda el de \u201ccondenaci\u00f3n irrevocable a pena criminal, hasta el t\u00e9rmino de la misma.<\/p>\n

En tanto que el art\u00edculo 69 de la<\/strong>\u00a0Carta Magna<\/strong>, al referirse a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, establece, entre otras cosas, que toda persona en el ejercicio de sus derechos e intereses leg\u00edtimos tiene el derecho a que se presuma su inocencia y a ser tratado como tal, mientras no se haya declarado su culpabilidad por sentencia irrevocable.<\/p>\n

El reglamento que aborda los puntos del\u00a0voto penitenciario<\/strong>\u00a0establece que el ciudadano en condici\u00f3n de preventivo deber\u00e1 disponer de su C\u00e9dula de Identidad y Electoral sin la cual no podr\u00e1 ejercer el derecho al voto.<\/strong><\/p>\n