El referido decreto establece que la Direcci\u00f3n\u00a0 de Jubilaciones\u00a0 y Pensiones<\/strong>\u00a0 tendr\u00e1 un plazo no mayor de tres meses para hacer efectivo el pago de las pensiones<\/strong> a partir de la fecha que el pensionado haya tramitado su solicitud de inclusi\u00f3n a la n\u00f3mina de pensionados.\u00a0<\/p>\n En caso de los beneficiarios que se encuentren disfrutando de una pensi\u00f3n del Estado, estos podr\u00e1n optar por la que m\u00e1s les favorezca.<\/p>\n Si los jubilados y pensionados \u00abhubiesen cotizado en el Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual previsto por la Ley n\u00fam. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, deber\u00e1n agotar el proceso de traspaso de fondos del Sistema de Capitalizaci\u00f3n Individual al Sistema de Reparto\u00bb, se lee en el art\u00edculo 3.<\/p>\n Se recuerda que el 31 de octubre pasado Abinader otorg\u00f3 2,632 pensiones<\/strong> solidarias de 6,000 pesos en el R\u00e9gimen Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social, por vejez y discapacidad.<\/p>\n Periodista y escritor egresado de la UASD con una trayectoria en prensa televisiva y varios medios impresos.<\/em><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n