{"id":19197,"date":"2021-09-08T06:22:09","date_gmt":"2021-09-08T10:22:09","guid":{"rendered":"https:\/\/prensaxtremard.com\/nacional\/jurisprudencia-constitucional-comprobantes-fiscales\/"},"modified":"2021-09-08T06:22:11","modified_gmt":"2021-09-08T10:22:11","slug":"jurisprudencia-constitucional-comprobantes-fiscales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/prensaxtremard.com\/nacional\/jurisprudencia-constitucional-comprobantes-fiscales\/","title":{"rendered":"JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL – Comprobantes fiscales"},"content":{"rendered":"
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Una empresa accion\u00f3 en amparo luego que en el 2018 la DGII le bloqueara los comprobantes fiscales. La acci\u00f3n fue acogida por el TSA, que orden\u00f3 levantar esa sanci\u00f3n. La entidad p\u00fablica impugn\u00f3 el fallo ante el Constitucional, que rechaz\u00f3 el recurso y confirm\u00f3 la sentencia. En las motivaciones, el TC estableci\u00f3 que la ley 11-92 , que instituye el C\u00f3digo Tributario, no prev\u00e9 el bloqueo de comprobantes fiscales como sanci\u00f3n administrativa ante alguna falta que se impute a los contribuyentes, responsables y terceros por incumplimiento de los deberes formales. Recalc\u00f3 el criterio de que \u201cel principio de legalidad aplicado al r\u00e9gimen sancionador exige que las sanciones administrativas se encuentren tipificadas en la ley, a fin de que los sujetos obligados frente a la administraci\u00f3n conozcan con antelaci\u00f3n las consecuencias jur\u00eddicas de sus actuaciones por la inobservancia de las disposiciones legales que establecen deberes y obligaciones a su cargo\u201d. (TC-0271-21).<\/p>\n<\/p><\/div>\n