{"id":11992,"date":"2021-03-15T08:19:18","date_gmt":"2021-03-15T12:19:18","guid":{"rendered":"https:\/\/prensaxtremard.com\/nacional\/casi-2000-personas-gestionaron-cambio-de-nombre-en-ultimos-5-anos\/"},"modified":"2021-03-15T08:19:18","modified_gmt":"2021-03-15T12:19:18","slug":"casi-2000-personas-gestionaron-cambio-de-nombre-en-ultimos-5-anos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/prensaxtremard.com\/nacional\/casi-2000-personas-gestionaron-cambio-de-nombre-en-ultimos-5-anos\/","title":{"rendered":"Casi 2,000 personas gestionaron cambio de nombre en \u00faltimos 5 a\u00f1os"},"content":{"rendered":"


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La Ley 659-44 sobre actos del estado civil permite que los ciudadanos puedan variar sus nombres, o que se agre\u00adguen, un proceso que debe contar con la autorizaci\u00f3n del Poder Ejecutivo, aunque el interesado debe solicitarlo a trav\u00e9s de la Junta Central Electoral (JCE), agotando un procedimiento legal.<\/p>\n

Durante los \u00faltimos cin\u00advo a\u00f1os, el Poder Ejecutivo aprob\u00f3 1,773 solicitudes de cambio o inclusi\u00f3n de nom\u00adbre, de 1,936 peticiones realizadas.<\/p>\n

Igual, desde 2016 al 2020 fueron devueltos 67 expe\u00addientes, y est\u00e1n pendientes de aprobaci\u00f3n 96, conforme a las estad\u00edsticas suministra\u00addas por la Consultor\u00eda Jur\u00eddi\u00adca de la Junta, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n de Comunicacio\u00adnes.<\/p>\n

Tres razones principales llevan a una persona a pedir autorizaci\u00f3n para modificar su nombre, seg\u00fan precis\u00f3 el consultor jur\u00eddico de la JCE, Denny D\u00edaz Mord\u00e1n.<\/p>\n

Uno de los motivos es cuando el ciudadano entien\u00adde que su nombre es deni\u00adgrante o que le ocasiona al\u00adg\u00fan tipo de da\u00f1o psicol\u00f3gico o emocional. Tambi\u00e9n cuan\u00addo se da cuenta de que no lle\u00adva el nombre con el que fue declarado al momento de ir a solicitar un acta de na\u00adcimiento, y en otras ocasio\u00adnes, cuando el interesado op\u00adta por cambiar su nombre en el extranjero y despu\u00e9s desea regularizar su situaci\u00f3n en el pa\u00eds.<\/p>\n

Autorizaci\u00f3n <\/strong>

\nEl presidente Luis Abinader ha autorizado varios cam\u00adbios de nombres, luego de los interesados haber cum\u00adplido con los requisitos.<\/p>\n

En un solo acto del Po\u00adder Ejecutivo se otorga la autorizaci\u00f3n a varias per\u00adsonas. Por ejemplo, en un decreto se autoriz\u00f3 cam\u00adbiarse el nombre de Cri\u00adcelva por Gricelda, Mar\u00eda, por Grecia, Apolinar por Harry, Aliberto por Alber\u00adto, An\u00edbal por Jeffrie, y Za\u00adcar\u00eda por Tonila.<\/p>\n

En otro se autoriza cam\u00adbiar el de Vicenta por Victo\u00adria, de Buena por el de Rubi, Wilfredo por Giovanni y Ju\u00adlio por Jay, entre otros.<\/p>\n

Procedimiento<\/strong>

\nEl cambio y la a\u00f1adidura de nombre es un acto volun\u00adtario que puede hacer una persona, amparado en el ar\u00adt\u00edculo 80 de la Ley 659 so\u00adbre actos del estado civil y sus modificaciones.<\/p>\n

Ese art\u00edculo dispone que \u201ccualquier persona que quie\u00adra cambiar sus hombres o quiera a sus propios nombres a\u00f1adir otros, debe dirigirse al Poder Ejecutivo, por media\u00adci\u00f3n de la Junta Central Elec\u00adtoral, exponiendo las razones de su petici\u00f3n y enviando ad\u00adjunto su acta de nacimiento y los dem\u00e1s documentos que justifiquen su petici\u00f3n\u201d.<\/p>\n

La ley contempla un pro\u00adcedimiento, que requiere que el interesado se auxilie de un abogado.<\/p>\n

En su p\u00e1gina web, la junta orienta sobre los re\u00adquisitos para ese procedi\u00admiento<\/p>\n

Entre los pasos a dar se incluye la colocaci\u00f3n de un anuncio en la puerta del juz\u00adgado de paz correspondiente a la residencia actual del soli\u00adcitante por un tiempo de 60 d\u00edas consecutivos, invitando a presentar cualquier opo\u00adsici\u00f3n que se tenga, para lo cual tambi\u00e9n se reserva otro plazo de 60 d\u00edas.<\/p>\n

Previa autorizaci\u00f3n del Ejecutivo, el interesado tambi\u00e9n deber\u00e1 insertar un resumen de su petici\u00f3n en la Gaceta Oficial, y hacer una publicaci\u00f3n en un pe\u00adri\u00f3dico de circulaci\u00f3n na\u00adcional.<\/p>\n

De todos esos pasos, se deber\u00e1 dar constancia a la JCE, con el dep\u00f3sito de los documentos corres\u00adpondientes, entre estos un ejemplar del aviso en el tribunal, con la certifica\u00adci\u00f3n del alguacil de que la fijaci\u00f3n fue hecha y su du\u00adraci\u00f3n y un ejemplar del n\u00famero de la Gaceta Ofi\u00adcial en que se hizo la publi\u00adcaci\u00f3n.<\/p>\n

El decreto que autoriza el procedimiento deber\u00e1 pu\u00adblicarse tanto en la gaceta oficial, como en un diario de circulaci\u00f3n reconocida.<\/p>\n

Propuesta de Modificaci\u00f3n procedimiento<\/strong><\/p>\n

En el proyecto para reformar la Ley 659-44 que deposit\u00f3 la JCE en el Congreso Nacio\u00adnal se plantea una modifica\u00adci\u00f3n del procedimiento para los cambios de nombre, me\u00addiante la cual la Junta tendr\u00eda competencia para autorizarlo y la solicitud se har\u00eda v\u00eda la Di\u00adrecci\u00f3n Nacional de Registro del Estado Civil.<\/p>\n

SEPA M\u00c1S

\nSolicitudes de cambios de nombres por a\u00f1o<\/strong>

\n401 en el 2016<\/p>\n

462 en el 2017<\/p>\n

437 en el 2018<\/p>\n

422 en el 2019<\/p>\n

214 en el 2020<\/p>\n<\/p><\/div>\n