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Transporte

INTRANT MULTA CON 100 MIL PESOS EMPRESAS AUMENTARON EL PASAJE

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SANTO DOMINGO, RD:- el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant)sancionó con 100,000 pesos a siete empresas de transporte de pasajeros afiliadas a la Confederación Nacional de Organizaciones de Transporte (Conatra) que aumentaron unilateralmente el pasaje en violación a la Ley 63-17.

Mediante resoluciones, la entidad ordenó a las empresas la devolución del incremento cobrado a cada uno de los usuarios del servicio en el tiempo que tiene aplicándose, previa comprobación de tickes.

Las resoluciones que establecen las sanciones y, en el caso de Expreso Vegano, afiliada a la Conatra en el artículo 3 indica: “Impone una sanción pecuniaria a la entidad Expreso Vegano CxA…equivalente a diez salarios mínimos del que impera en el sector público centralizado, la cual asciende a la suma de cien mil pesos dominicanos por aumentar la tarifa del pasaje a los usuarios de la ruta Santo Domingo-La Vega sin autorización previa del Intrant”.

Además de Expreso Vegano fueron sancionadas también con 100,000 pesos las empresas de transporte Tarea Bus, Aetra Bus, Unión Nacional de Propietarios de Autobuses y Minibuses (Unaprodumi), Sindicato de Choferes de Minibuses de Pedernales (Sinchomipe), la Asociación de Dueños de Minibuses de Ocoa (Asodomicoa) y el Sindicato de Choferes de Villa Altagracia (Sichova).

La misma resolución 0001-2019 indica en su artículo 1 que se ordena, en este caso a la misma Expreso Vegano, restablecer la tarifa anterior del precio del pasaje admitida por el Intrant, que es por la suma de doscientos cincuenta pesos dominicanos, en consecuencia, devolver el duplo de diez pesos, cantidad cobrada de manera ilegal a cada pasajero, que mediante comprobante, demuestren que pagaron la tarifa aumentada en un plazo de 90 días”.

El artículo 2 informa que suspende dos turnos de sus itinerarios de los servicios ofertados al público mañana y tarde por cada día que hayan aplicado la tarifa aumentada.

“Los días y horarios establecidos de los turnos suspendidos tienen que ser puesto en conocimiento de la población, mediante la publicación en un diario de circulación nacional durante tres días consecutivos, así como, colocar el aviso en cada una de las paradas”.

Las evidencias del cumplimiento de esta disposición tienen que ser depositadas mediante comunicación en el Intrant.

La entidad rectora del transporte señala que el incumplimiento de una o más de las disposiciones de la resolución conllevará sanciones más severas, las cuales podrían devenir en sanciones pecuniarias hasta de 20 salarios mínimos, así como la suspensión temporal o definitiva de su autorización como operador, o con la revocación de su contrato de operación.

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