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Casación penal | Listín Diario

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El Constitucional rechazó anular   el artículo 425  de la ley 76-02, que instituye el Código Procesal Penal, modificado por la ley 10-15,   Ese texto  regula el recurso ante la SCJ o de casaciòn, permitiendo  su admisibilidad  cuando se recurran  fallos de las cortes de apelación sobre condenas o absolución, pongan fin al procedimiento, y  denieguen la extinción o suspensión de la pena.  En criterio de los jueces constitucionales, esa disposición  no es contraria al derecho de recurrir ni el debido proceso previstos en  los artículos 69.1 y 69.9 de la Carta Magna.   Y  argumentó, además,  que abrir esa vía  a  decisiones dictadas en procesos preliminares,  como las medidas de coerción,  es un obstáculo procesal a la aplicación del principio del plazo razonable y economía procesal.  (TC-0375-22). 

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